FUSIÓN Y ESCISIÓN DE SOCIEDADES POSIBLES EFECTOS FISCALES
El Código Fiscal de la Federación (CFF), artículo 14 fracción IX, estipula que la fusión se entiende como enajenación de bienes cuando no cumple con los requisitos del artículo 14-B del mismo Código. Entonces, la sociedad fusionada tendría que considerar que enajena bienes para efectos fiscales cuando no cumple con los requisitos antes mencionados, y…